Medidas de apoyo a la solvencia empresarial

El Gobierno de España publicó en el Real decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, la línea COVID de ayudas directas para trabajadores y trabajadoras autónomos y empresas.

Ayuda directa a autónomos y empresas.

Estas ayudas deberán emplearse para satisfacer deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, así como costes fijos. Las deudas deben haberse devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.

Estas ayudas podrán recibirlas los autónomos y empresas cuyo volumen de operaciones anual en 2020 haya caído como mínimo un 30% con respecto a 2019 y cuya actividad esté incluida en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas  -CNAE 09- del Anexo que se acompaña.

Estas ayudas estarán condicionadas al compromiso de mantenimiento de la actividad de las empresas y no reparto de dividendos.

Será necesario que los autónomos y empresas que soliciten estos beneficios, hayan solicitado previamente las medidas de ampliación de plazos y carencias recogidas en el Real Decreto-Ley 34/2020.

El importe de las ayudas será:

  • 3000€ cuando se trate de empresarios o Profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • El 40% de la caída del volumen de operaciones en el caso de empresarios o profesionales con un máximo de 10 trabajadores.
  • El 20% de la caída del volumen de operaciones en el caso de empresarios o profesionales con más de 10 trabajadores.

En los dos últimos casos, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000€ ni superior a 200.000€.

La empresa beneficiaria de estas ayudas deberá justificar ante el órgano concedente hallarse al corriente de pagos, el mantenimiento de la actividad a 30 de junio de 2022, no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022 y no podrán aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un período de 2 años. En caso contrario, procederá al reintegro de las ayudas percibidas.

Estas ayudas estarán gestionadas por las Comunidades Autónomas correspondientes al domicilio del profesional  o empresa, salvo en el caso de grandes empresas.

Flexibilización de los préstamos dotados de aval público.

Se permitirá, como último recurso tras la articulación del resto de medidas de apoyo a la solvencia, la conversión de parte del aval público con transferencias a las empresas y autónomo más afectados por la crisis que cumplan con los requisitos que se establezcan.

Se establece un fondo que irá destinado a transferencias a las empresas que cumplan los requisitos que se establecerán en un Código de Buenas Prácticas que se establecerá con las entidades financieras y que irá destinado a reducir el principal pendiente de las operaciones financieras avaladas por el estado, siempre con posterioridad a haber solicitado la ampliación de plazos de amortización y carencia.

Fondo de recapitalización de empresas.

Se crea este fondo para apoyar empresas viables que se enfrenten a problemas de solvencia derivados de la COVID-19 que no pueden acceder al fondo gestionado por la S.E.P.I para empresas y operaciones de mayor tamaño y necesiten un refuerzo adicional de su capital.

En ningún caso el Fondo apoyará financieramente a empresas que, con anterioridad a la crisis de la COVID-19, tuvieran problemas de viabilidad o aquellas que se consideren inviables a futuro.

Aplazamiento de deudas tributarias.

Se concederá aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones.-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de ingreso finalice el día 1 de abril hasta el 30 de abril de 2021.

Serán condiciones de concesión del aplazamiento:

  • No tener la consideración de gran empresa.
  • El plazo será de 6 meses.
  • No se devengarán intereses de demora durante los primero cuatro meses del aplazamiento.
  • Moratoria Concursal

Se amplía hasta 31 de diciembre de 2021 la exención del deber del deudor que se encuentre en estado de insolvencia de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario que presenten los acreedores.

ANEXO

CNAE-2009 Descripción actividad
0710 Extracción de minerales de hierro.
1052 Elaboración de helados.
1083 Elaboración de café, té e infusiones.
1101 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.
1103 Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas.
1413 Confección de otras prendas de vestir exteriores.
1419 Confección de otras prendas de vestir y accesorios.
1420 Fabricación de artículos de peletería.
1439 Confección de otras prendas de vestir de punto.
1811 Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas.
1812 Otras actividades de impresión y artes gráficas.
1813 Servicios de pre-impresión y preparación de soportes.
1814 Encuadernación y servicios relacionados con la misma.
1820 Reproducción de soportes grabados.
2051 Fabricación de explosivos.
2441 Producción de metales preciosos.
2670 Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico.
2731 Fabricación de cables de fibra óptica.
3212 Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.
3213 Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.
3316 Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.
3530 Suministro de vapor y aire acondicionado.
4616 Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero.
4617 Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
4624 Comercio al por mayor de cueros y pieles.
4634 Comercio al por mayor de bebidas.
4636 Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería.
4637 Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.
4638 Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios.
4639 Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
4644 Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza.
4648 Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería.
4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.
4724 Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.
4725 Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.
4741 Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados.
4751 Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados.
4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados.
4771 Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.
4772 Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.
4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados.
4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos.
4789 Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos.
4799 Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
4932 Transporte por taxi.
4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
5010 Transporte marítimo de pasajeros.
5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
5110 Transporte aéreo de pasajeros.
5221 Actividades anexas al transporte terrestre.
5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.
5223 Actividades anexas al transporte aéreo.
5510 Hoteles y alojamientos similares.
5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
5530 Campings y aparcamientos para caravanas.
5590 Otros alojamientos.
5610 Restaurantes y puestos de comidas.
5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.
5629 Otros servicios de comidas.
5630 Establecimientos de bebidas.
5813 Edición de periódicos.
5914 Actividades de exhibición cinematográfica.
7420 Actividades de fotografía.
7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
7712 Alquiler de camiones.
7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos.
7722 Alquiler de cintas de vídeo y discos.
7729 Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.
7733 Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores.
7734 Alquiler de medios de navegación.
7735 Alquiler de medios de transporte aéreo.
7739 Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.
7911 Actividades de las agencias de viajes.
7912 Actividades de los operadores turísticos.
7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
8219 Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.
8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.
8299 Otras actividades de apoyo a las empresas.
9001 Artes escénicas.
9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas.
9004 Gestión de salas de espectáculos.
9102 Actividades de museos.
9103 Gestión de lugares y edificios históricos.
9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.
9200 Actividades de juegos de azar y apuestas.
9311 Gestión de instalaciones deportivas.
9313 Actividades de los gimnasios.
9319 Otras actividades deportivas.
9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
9523 Reparación de calzado y artículos de cuero.
9525 Reparación de relojes y joyería.
9601 Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.
9604 Actividades de mantenimiento físico.

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Real Decreto Ley 5/2021