1. Ámbito de aplicación
Todas las empresas y profesionales que emitan facturas en España estarán obligados a usar sistemas de facturación que cumplan los requisitos de VeriFactu.
- Sociedades mercantiles: obligación desde 1 de enero de 2026.
- Autónomos y profesionales: obligación desde 1 de julio de 2026.
Las empresas usuarias del Suministro Inmediato de Información (SII) ya cumplen con los requisitos de información a que obliga VeriFactu.
2. Obligaciones principales de la empresa
2.1. Adaptación del software de facturación
- Usar programas que garanticen integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos.
- Generación de registros electrónicos de facturación en formato estandarizado.
- Inclusión obligatoria de código QR e identificador alfanumérico.
- Verificar que el proveedor de software cumple con RD 1007/2023 y RD 254/2025.
2.2. Emisión de facturas bajo VeriFactu
- Emitir todas las facturas con sistema adaptado.
- Registrar electrónicamente cada factura con sello de tiempo y hash de seguridad.
- Enviar los registros a la AEAT cuando corresponda.
2.3. Conservación y accesibilidad de la información
- Guardar los registros de facturación durante mínimo 6 años.
- Asegurar que la información sea legible y exportable en caso de inspección.
2.4. Relación con la AEAT
- Facilitar acceso a los registros de facturación.
- Asegurar conectividad del sistema con la AEAT en transmisiones inmediatas.
2.5. Obligaciones frente a clientes
- Incluir código QR en la factura para verificación.
- Emitir factura electrónica en operaciones B2B según Ley Crea y Crece.
3. Obligaciones formales complementarias
- Contabilidad: garantizar coherencia entre facturación y libros contables.
- Seguridad informática: proteger los sistemas frente a alteraciones o accesos indebidos.
- Formación del personal administrativo y contable.
- Exigir a proveedores la certificación de software conforme a VeriFactu.
4. Sanciones por incumplimiento
- Venta o uso de software no adaptado: multas de 1.000 a 150.000 €.
- No emitir facturas con VeriFactu: sanciones del 1% de la cifra de negocios o importes fijos por factura.
- Obstaculizar acceso a registros de facturación: sanciones adicionales por resistencia o falta de colaboración.
5. Recomendaciones prácticas para la empresa
- Auditar el software actual y verificar compatibilidad.
- Contactar con proveedor para garantizar adaptación antes de julio 2025.
- Establecer plan de formación interna.
- Elaborar calendario de adaptación:
- 2025: pruebas internas y actualización de procesos.
- 2026: uso obligatorio.
- Revisar contratos con clientes y proveedores para asegurar cumplimiento.
BGO pone a disposición de sus clientes las herramientas adecuadas para la cumplimentación de las obligaciones de facturación con la implementación de una plataforma y aplicación que permite el seguimiento de sus estados financieros desde su móvil.